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Obtén tu opinión del cumplimiento de obligaciones fácil y rápido



¿Para qué te sirve la opinión del cumplimiento?

La opinión de cumplimento en sentido positivo, te sirve para:

Solicitar un subsidio o estímulo.

Contratar con la Administración Pública Federal Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República o con las Entidades Federativas.

Realizar un trámite fiscal o de comercio exterior.

Obtener una autorización en materia de impuestos

Para emitir la opinión en sentido positivo la autoridad revisa:


•Que estés inscrito en el RFC y activo.

•Que no tengas créditos fiscales firmes.

•Que te encuentres al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, respecto de la presentación de:


1.- Declaraciones anuales de ISR (correspondientes a los últimos 4 ejercicios).

2.- Pagos provisionales de ISR, retenciones de ISR por salarios, pagos definitivos de IVA y de IEPS, por el ejercicio en que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste.

3.- Declaraciones Informativas de IEPS a que hace referencia al artículo 31-A del CFF y las reglas 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21. y 5.2.26 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

4.- Declaración informativa anual de Retenciones de ISR por Sueldos y Salarios.

5.- Declaraciones informativas mensuales de Operaciones con Terceros.

La opinión emitida por la autoridad fiscal es para fines exclusivos de las disposiciones fiscales vigentes, aplicables a cada supuesto, y no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y monto de créditos o impuestos declarados o pagados.


La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales que se emita en sentido positivo tiene una vigencia de 3 meses para efecto de la obtención de estímulos o subsidios y una vigencia de un mes en los demás casos.


Para obtener la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, el SAT te ofrece las siguientes opciones:


1. Obtener la opinión del cumplimiento en línea a través del Portal del SAT.

2. Solicitarla presencialmente en cualquier oficina del SAT, con una identificación oficial vigente o la de tu representante, en su caso, y el documento con el que se acredite su personalidad.


El SAT te proporcionará la opinión del cumplimiento, en el momento y de forma gratuita.


 
 
 

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