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DECLARACIÓN ANUAL/GASTOS DEDUCIBLES

Actualizado: 30 mar 2022


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El Servicio de Administración Tributaria informó que las personas físicas podrán incluir para efectos de deducibilidad gastos referentes a:

  • Créditos hipotecarios.

  • Colegiaturas y transporte escolar.

  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.

  • Aportaciones para el retiro.

  • Gastos funerarios.

“Siempre y cuando se hicieran con tarjeta de crédito, débito, cheque o transferencia electrónica”

Están obligados a declarar los que obtienen ingresos:

  • De servicios profesionales.

  • Actividades empresariales.

  • Por arrendamiento.

  • Dividendos

  • De enajenación o adquisición de bienes.

  • Más no los asalariados que perciben ingresos de un solo patrón y no rebasan los 20 mil pesos, pero pueden realizar la declaración para obtener saldo a favor.

La presentación de la Declaración Anual se hace durante todo el mes de abril y puede enviarse con contraseña si el saldo a favor es hasta 10 mil pesos; para saldos a favor mayores o cuando se capture una nueva cuenta CLABE interbancaria, deberá enviarse con la firma electrónica generada por el SAT.

La jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat aseguró que se esperan recibir alrededor de 6.9 millones de declaraciones, 6 por ciento más que el año pasado, y precisó que, con corte al 3 de abril, se presentaron más de 1 millón de declaraciones, de las cuales más del 92 por ciento tuvieron saldo a favor.

Ríos-Farjat dijo que se procesó la información de más de 970 millones de facturas de nómina y más de 238 millones de facturas de deducciones personales.

Los declarantes tienen herramientas como el Visor de Nómina y el Simulador de Declaración Anual, donde se pudo revisar con anticipación los datos que aparecerían en la declaración y, en caso de ser necesario, corregir.

 
 
 

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